Recibir la propuesta de indemnización de tu compañía aseguradora tras un siniestro en tu casa o coche y comprobar que la cifra está muy por debajo del coste real de reparación es una de las situaciones más frustrantes a las que se enfrenta un asegurado. Muchas personas cometen el error de aceptar el dinero por miedo a quedarse sin nada o por desconocer que la valoración del perito del seguro no es definitiva ni vinculante de forma automática.
Si la propuesta de indemnización es insuficiente para reparar el daño causado, tienes derecho por ley a impugnarla. A continuación, te explicamos el protocolo legal paso a paso para exigir el pago justo de tu siniestro.
1. No firmes el finiquito de indemnización (o acepta el dinero a cuenta)
La regla de oro cuando estás en desacuerdo con el importe ofrecido es no firmar ningún documento de cancelación o finiquito liberatorio. Firmar ese documento implica que renuncias a reclamar cualquier cantidad adicional en el futuro.
- Cobro de la cantidad mínima no disputada: Según la ley reguladora del contrato de seguro (Artículo 18 de la Ley 50/1980 en España), la aseguradora está obligada a pagarte la cantidad mínima que reconozca en un plazo máximo de 40 días desde la declaración del siniestro.
- Aceptación «A cuenta»: Puedes ingresar ese dinero inicial siempre y cuando hagas constar por escrito a la compañía que lo aceptas únicamente como pago a cuenta y que mantienes abierta la reclamación por la diferencia del importe.
2. Solicita el informe pericial completo y pide presupuestos externos
Para poder rebatir la valoración de la aseguradora, necesitas entender exactamente en qué se basan para ofrecerte una suma inferior.
- Exige el informe del perito por escrito: Tienes derecho a recibir el desglose completo firmado por el técnico donde se indiquen partidas, precios de mano de obra, materiales y eventuales depreciaciones por uso u antigüedad.
- Obtén presupuestos de profesionales independientes: Solicita a dos o tres empresas de reformas, talleres o profesionales cualificados un presupuesto detallado para reparar el daño exactamente como estaba antes del siniestro.
- Compara partida por partida: Detecta dónde está el descuadre (si el perito presupuestó materiales de menor calidad, omitió horas de mano de obra necesaria o aplicó coeficientes de depreciación abusivos).
3. Inicia el procedimiento de Peritaje Contradictorio (Artículo 38)
Si tras negociar directamente con la compañía no llegáis a un acuerdo, la ley establece un mecanismo formal y obligatorio para resolver discrepancias en la valoración de un siniestro: el procedimiento de tercería de peritos o peritaje contradictorio.
| Fase del Procedimiento | Acción del Asegurado / Procedimiento |
| 1. Contratación de Perito Propio | Designas a un perito privado e independiente que elabore un dictamen alternativo valorando los daños reales. |
| 2. Notificación a la Aseguradora | Envías el dictamen de tu perito a la aseguradora formalmente (vía burofax) exigiendo el ajuste de la indemnización. |
| 3. Acuerdo o Tercer Perito | Si los peritos de ambas partes no se ponen de acuerdo, se nombra a un tercer perito imparcial (de común acuerdo o designado por un juez). |
| 4. Dictamen Vinculante | El dictamen emitido por el tercer perito será vinculante para ambas partes, salvo que se impugne judicialmente por vicios formales. |
¿Quién paga los costes? Los honorarios de cada perito inicial los paga quien lo contrata. Los honorarios del tercer perito y los gastos comunes se dividen al 50% entre el asegurado y la compañía (salvo que la diferencia sea desproporcionada y el juez o el dictamen obliguen a la aseguradora a asumir las costas por mala fe).
4. Reclamación formal ante el Defensor del Cliente y Vía Judicial
Si el procedimiento pericial no prospera o la discrepancia no es solo sobre el importe sino sobre las coberturas firmadas en la póliza, debes activar las siguientes vías formales:
- Reclamación al Servicio de Atención al Cliente (SAC): Presenta una queja formal por escrito ante el SAC o Defensor del Cliente de tu aseguradora. Disponen de un plazo legal para responder (habitualmente un mes).
- Reclamación ante la Dirección General de Seguros (DGSFP): Si el SAC rechaza tu solicitud o no responde en plazo, puedes interponer una reclamación ante el organismo regulador público. Aunque sus resoluciones no son de obligado cumplimiento directo, supedita en gran medida el posterior fallo judicial.
- Vía Judicial por incumplimiento de contrato: Puedes interponer una demanda civil reclamando el importe pendiente. Además, si la aseguradora incurre en mora al no abonar la indemnización mínima en tiempo, se le pueden aplicar intereses moratorios de penalización que pueden llegar a ser muy elevados según la ley.




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